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Plan MOVES III en vivienda

Programa estatal de incentivos a la movilidad eléctrica (Real Decreto 266/2021), gestionado por las comunidades autónomas, que subvencionaba la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga, también en viviendas. Su última edición, la de 2025, admitió solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2025.

El MOVES III se aprobó con el Real Decreto 266/2021 como programa de incentivos a la movilidad eléctrica dentro del Plan de Recuperación. El Estado repartía los fondos entre las comunidades autónomas, que eran las encargadas de convocar, tramitar y resolver las ayudas. Además de la compra de vehículos eléctricos, incluía un programa para la infraestructura de recarga, que es la parte que interesaba en una reforma: instalar un punto de recarga en una vivienda unifamiliar con garaje o en la plaza de un aparcamiento comunitario.

Su vigencia se prorrogó varias veces. La última edición la estableció el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, que fijó un periodo de vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. Las solicitudes presentadas ese año tienen hasta el 31 de diciembre de 2026 para justificar las actuaciones, por eso todavía aparecen expedientes del MOVES III en tramitación. Para un punto de recarga que se instale ahora no hay MOVES III: conviene buscar ayudas autonómicas o municipales específicas y consultar con la Agencia Tributaria las deducciones fiscales vigentes en el año de la instalación.

En un garaje comunitario, instalar un punto de recarga para uso privado en la plaza propia no necesita el acuerdo de la junta. Según el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, basta con comunicarlo previamente a la comunidad, y el coste de la instalación y la electricidad que consuma corren a cargo del propietario interesado. Es una de las pocas obras en zonas comunes que no pasan por votación.

Conviene no confundir el MOVES III con otras ayudas energéticas de la misma época. Las de autoconsumo, almacenamiento y renovables térmicas, por ejemplo para instalar placas solares, se regulaban en otro real decreto, el 477/2021, con sus propias convocatorias autonómicas. Y ninguno de los dos era una ayuda a la reforma de la vivienda: no pagaban obras de aislamiento, ventanas o distribución, que dependían de los programas de rehabilitación y hoy del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 y de las ayudas que convoca cada comunidad.

Fuentes oficiales

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