Qué hay hoy en Madrid
La convocatoria madrileña de 2025 para la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, con fondos del Plan Estatal 2022-2025 y 25,5 millones de euros, estuvo abierta del 27 de mayo al 28 de julio de 2025 y se concedió en el BOCM del 2 de enero de 2026. Pagaba hasta el 60 % del coste, con 12.500 € por vivienda unifamiliar, 9.000 € por vivienda más 90 € por metro cuadrado de local en edificios y 6.000 € por vivienda en actuaciones interiores, más 3.000 € en edificios protegidos.
Para 2026 el Gobierno regional ha presentado el plan Rehabilitar Madrid, con 450 millones de euros, pero sin una convocatoria de accesibilidad publicada: hasta que salga en el BOCM no hay importes ni plazos que pedir. En servicios sociales, la ayuda para la autonomía personal de personas con discapacidad del 33 %, que financiaba productos como salvaescaleras, grúas o elevadores de bañera, se pidió del 7 al 27 de abril de 2026 y exigía no superar los 65 años a final de año.
En la capital, el Ayuntamiento abrió en 2026 el Plan Adapta Madrid, con 4 millones de euros para adaptar viviendas de personas con discapacidad o enfermedades raras y la accesibilidad de elementos comunes, ya cerrado. La Comunidad no tiene deducción en el IRPF por obras de accesibilidad o adaptación.
El Plan Estatal 2026-2030 en Madrid
Las ayudas de accesibilidad del Real Decreto 326/2026 no se piden al Ministerio: cada comunidad firma un convenio y abre su propia convocatoria (artículo 109). En la vía del edificio —comunidades de propietarios y viviendas unifamiliares— la accesibilidad, ascensor incluido, se subvenciona hasta el 70 % del coste con un tope de 13.000 € por vivienda, que sube a 18.000, 20.500 o 22.000 € según quién viva en el edificio y el alcance de la obra. En la vía de la vivienda de un edificio colectivo, la ayuda llega al 80 % con 15.000 € de tope si reside una persona con discapacidad del 33 % y 18.000 € con el 65 %.
- Convenio con el Ministerio: Sin confirmar .
- Convocatoria: Sin convocatoria localizada .
The Ministry of Housing and Urban Agenda has delivered the first 127.2 million to the Community of Madrid within the Plan 2026-2030
Programas propios de Madrid
Mejora de la accesibilidad en y a las viviendas (convocatoria 2025, Plan Estatal 2022-2025)
Cerrada- Cuantía
- Hasta 12.500 € por vivienda unifamiliar; 9.000 € por vivienda (más 90 €/m² de local) en edificio colectivo; 6.000 € por vivienda en edificio colectivo; límite del 60 % del coste; +3.000 € por vivienda en BIC o catalogados. Presupuesto 25.539.855,07 €
- Quién
- Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares y colectivas, comunidades de propietarios, cooperativas y administraciones públicas propietarias
- Plazo
- 27 de mayo a 28 de julio de 2025; subvenciones concedidas por Orden de 16-12-2025 (BOCM 2-1-2026)
- Norma
- Orden de 8 de mayo de 2025 (convocatoria); bases Orden 3376/2022, de 5 de octubre; concesión Orden de 16/12/2025 (26 de mayo de 2025)
Ayudas individuales para adaptar la casa
Ayudas para fomentar la autonomía personal y la accesibilidad de personas con discapacidad (productos de apoyo, incluidos salvaescaleras, grúas y elevadores de bañera)
Cerrada- Gestiona
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Cuantía
- Dotación total de 350.000 €.
- Requisitos
- Discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, empadronamiento en la Comunidad de Madrid de al menos un año, no superar 65 años a 31-12-2026; límite de ingresos de 29.400 € (1 miembro) a 56.700 € (5 o más)
- Plazo
- 7 al 27 de abril de 2026
Deducción en el IRPF
En la lista de deducciones autonómicas de Madrid para la renta de 2025 no hay ninguna específica por obras de accesibilidad o de adaptación a la discapacidad, y la estatal se suprimió en 2013. Las obras de accesibilidad no desgravan por sí mismas; si además mejoran la eficiencia energética, pueden entrar en las deducciones estatales del 20, 40 o 60 %, que repasamos en la ficha del IRPF de Madrid.
Si la obra es en el edificio
Un ascensor, una rampa o un salvaescaleras en el portal los decide la comunidad de propietarios, y la ley pone de parte del vecino que los necesita: si en su vivienda vive una persona con discapacidad o mayor de setenta años, la comunidad está obligada a hacer la obra siempre que lo repercutido al año, descontadas las ayudas, no pase de doce mensualidades de gastos comunes, y tiene que solicitar las ayudas que el vecino le indique. Desde el 23 de octubre de 2026, con la redacción de la Ley 4/2026, si las ayudas concedidas cubren el 70 % del coste la obra es obligatoria sin ese límite. Las mayorías para todo lo demás están en la guía sobre comunidad de propietarios y reforma, y lo que exige el Código Técnico dentro de casa, en la del baño accesible.
Además, en Madrid
- Plan Adapta Madrid 2026 (Ayuntamiento de Madrid, solo ciudad de Madrid): 4.000.000 € (2026 y 2027) para adaptar viviendas de personas con discapacidad o enfermedades raras y para accesibilidad en locales y elementos comunes de edificios; extracto en el BOCM de 27-4-2026 con plazo de tres meses desde esa publicación (cerrado hacia finales de julio de 2026). (fuente)
- El 21 de octubre de 2026 la Comunidad de Madrid anunció que convocará ayudas para instalar ascensores en edificios residenciales, con una dotación de 50 millones de euros, dentro del plan Rehabilitar Madrid (450 millones para accesibilidad, eficiencia energética y conservación). A 3 de noviembre no hay bases, cuantías por edificio ni plazo publicados. (fuente)
Fuentes
- Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras (Dirección General de Vivienda y Rehabilitación)
- Convenio del Plan Estatal 2026-2030 — Madrid
- Ayudas para fomentar la autonomía personal y la accesibilidad de personas con discapacidad (productos de apoyo, incluidos salvaescaleras, grúas y elevadores de bañera)
- Deducciones autonómicas del IRPF de Madrid consultadas
- Plan Adapta Madrid 2026 (Ayuntamiento de Madrid, solo ciudad de Madrid): 4.000.000 € (2026
- El 21 de octubre de 2026 la Comunidad de Madrid anunció que convocará ayudas para instalar
- Real Decreto 326/2026, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (BOE)
- Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal — art. 10.1.b (BOE)
Guía divulgativa, no asesoramiento. Las convocatorias cambian: comprueba siempre el plazo en el boletín oficial antes de encargar la obra, porque la mayoría no admiten obras empezadas antes de pedir la ayuda.